El Sr. Valentín Hidalgo con su nuera María y parte de sus nietos. 1950
- Año 1922: La Luz eléctrica llega a Bercial envuelta en polémica.
|
|||||||||||||||||
| ASISTENTES: Sr. Alcalde Castor GarcÍa Romo Concejales Anastasio García Sáez Pablo Serna Zurdo Simeón López Esgueva Luciano Gómez Ahumada Wenceslao Paniagua Guerra JUNTA MUNICIPAL: SECRETARIO: |
PLENO de 2 de mayo de 1920.
Puesta a discusión por esta Corporación si sería o no conveniente contratar el alumbrado de esta localidad, por unanimidad se ACORDÓ: Se pidiera por la Alcaldía, el proyecto para poder estudiarle la Corporación, a fin de examinarle si puede ser o no conveniente para el vecindario.
PLENO del día dos de enero de 1921.
Entre otros asuntos el Sr. Alcalde hizo saber a los Srs. concurrentes que el objeto de la reunión es informar sobre las Reales Ordenes de 17 de abril de 1877 y el de junio de 1879, por la cua,l se concede a los Ayuntamientos el Alumbrado público. Otro Real Decreto de 16 de septiembre de 1884, se declaró obligatorio dicho servicio en las capitales de provincia y se excitó el celo de los demás Ayuntamientos de los pueblos para que comprueben y observen las ventajas que ha proporcionado este servicio donde han aceptado la instalación del alumbrado.
Ante lo anteriormente expuesto solicito a la Corporación se tome acuerdo de si conviene o NO a este Ayuntamiento dicha instalación del Alumbrado público. Asimismo que este Ayuntamiento acuerde el modo de contratación del referido alumbrado. El Alcalde cree conveniente para la localidad este servicio y económicamente positivo para los intereses del vecindario.
Interesada la Corporación y discutido ampliamente el asunto,votaron a FAVOR: Simeón López Esgueva, Luciano Gómez, Cristino Velázquez García, Ignacio Pérez Herrero y Valentín Hidalgo Martín con el citado presidente y en CONTRA: Anastasio García Sáez, Pablo Serna Zurdo, Wenceslao Paniagua Guerras, Cándido Hernández Zurdo, Isidro Serna Martín y Urbano Velázquez López Visto el empate de la votación se repite la misma por considerar el objeto de la Sesión de carácter urgente. La votación vuelve a ofrecer el mismo resultado. Considerando ACORDADO por el Sr. Presidente la propuesta en vista de que el número de votantes en pro y en contra es de seis por lo tanto decide el voto de la presidencia de conformidad con el Artículo 105.
Los individuos que votaron en contra del acuerdo tomado hacen constar: que emitieron su voto en contra por considerar perjudicial a los intereses del vecindario la instalación del alumbrado público
PLENO del día 17 de enero de 1921.
La reunión era en virtud de que según acuerdo tomado por este Ayuntamiento y Junta de Asociados, en Sesión extraordinaria de dos del corriente, sobre instalación de alumbrado público en esta localidad, se creyó conveniente para la población y económico a los intereses del vecindario. Observado las ventajas que ha proporcionado donde se ha aceptado. Con el fin de proceder a estudio y redacción del oportuno pliego de condiciones que ha de servir de base para la subasta del citado alumbrado público, se ACORDÓ establecer una subasta. Previos todos los trámites se anunciará en su día por la Alcaldía para la adjudicación y contrato por la Corporación y nombrar una Comisión que se encargue del citado estudio y redacción del mencionado pliego de condiciones en cuyo caso ésta presentaría a la Corporación para su aprobación o según proceda.
Enterada la Corporación se procedió a la discusión del asunto y después a la votación. De conformidad con el Art.. 105 de la Ley vigente Municipal, habiendo votado en pro de lo manifestado por el SR. Alcalde: Simeón Cristino, Luciano Gómez, Valentín e Ignacio y el SR. Presidente por considerar conveniente el referido servicio, procediendo después al estudio y redacción del mismo. VOTANDO EN CONTRA por considerar que no era necesario el servicio del alumbrado público, por lo tanto no prestaron su conformidad para proceder al citado estudio y redacción del pliego de condiciones, por que ajuicio de los mismos no era necesario. La votación fue repetida seguidamente por considerar el asunto de carácter urgente. Se obtuvo el mismo resultado y en vista de que el número de votos obtenidos en pro y en contra eran los mismos, ambas veces, es de 6 se acordó proceder al citado estudio y ejecución y a la aprobación del mismo por decidir el voto del Sr. Presidente. Todo ello de conformidad con el citado artículo 105.
![]() |
PLENO del día 13 de marzo de 1921
Alumbrado Público. Seguidamente se manifestó a la Corporación que en vista de que estaba próximo a expirar el plazo concedido en el edicto publicado en el Boletín Oficial para la celebración de la subasta del alumbrado público: este Ayuntamiento debía de proceder al nombramiento del abogado para el procedimiento del bastanteo de poderes, a que se refiere la Instrucción de 24 de enero de 1905.
La manifestación fue hecha por el Sr. Presidente. Enterada la Corporación de la citada manifestación acordó designar para ello al letrado Don Salvador Represa Marazuela de esta provincia de Ávila.
PLENO de 19 de febrero de 1922
Por el Sr. Alcalde se manifiesta a los concurrentes de que se tenía conocimiento de que varios vecinos se oponían a que se hiciesen plantaciones de postes para la instalación del alumbrado público junto a las paredes de sus edificios. Y que como quiera que separando los postes de las paredes se intercepta la vía pública; en vista de que las Ordenanzas Municipales nada dicen sobre el particular, opina que el Ayuntamiento debe acordar la forma de colocar los postes, de modo tal que no perjudiquen las fincas ajenas y que se coloquen con la mayor proximidad a los edificios sin que toque a éstos.
Enterada la Corporación y discutido ampliamente el asunto fue resuelto éste de la forma siguiente: Por el concejal Don Anastasio García Sáez y Don Pablo Serna Zurdo se expuso que debían fijarse los postes a la distancia prevenida por la Ley.
Y por los Sres. Concejales Don Simeón López, Don Luciano Gómez, mostraron su conformidad con el parecer del Sr. Presidente.
Por lo tanto se manifiesta que en vista de lo legislado en los Art.. 4 y 5 y el apartado del mismo, del RD de 27 de mayo de 1919 se adhieren al parecer del Sr. Alcalde y en su consecuencia acordaron en unión de éste autorizar, sean colocados en la forma propuesta por el Sr. Presidente, exigiendo las responsabilidades consiguientes a los dueños de las fincas que pretendían impedirlo y así quedó acordado en vista de lo establecido en el Art.. 105 de la vigente Ley Municipal.
![]() |
LA POBLACIÓN Y LA PROPIEDAD
DE LA TIERRA EN 1947
|
La composición de la población en Bercial, -como en el resto de los pueblos de la Moraña- en 1947, era casi exclusivamente agrícola-ganadera en un 95%, a excepción del cura, dos maestros maestros, médico, secretario del Ayuntamiento y siete u ocho industriales (panadera, zapatero, carretero, herrero etc..). Así que todos los demás a vivir exclusivamente de lo que se podía sacar del campo, que tenía que dar sustento a propietarios y jornaleros hasta el día de su muerte, pues hasta ese momento no había pensiones de jubilación que se empezaron a cobrar a partir de los años 1950 .
Bercial en 1947 tenía 570 habitantes, repartidos de la siguiente forma: Jornaleros 64, obreros fijos 40, labradores propietarios 24, labradores sin propiedad 2, propietarios vecinos 82, propietarios forasteros 214, sindicatos 1.
Cuatro años después, en 1951, la población es 606 habitantes. Se incrementa en 36 personas. Se reduce el número de obreros fijos de 40 a 30, se reduce también el número de jornaleros de 64 a 58. Pero el dato determinante y fundamental se produce en el número de labradores propietarios que pasa de 24 a 40 y el todavía más significativo de los propietarios forasteros, que en el año 1947 era de 214 y en 1951 pasa a 70 lo que suponía un 30% menos. Lo que indicaba que la propiedad de la tierra estaba pasando a manos de los habitantes de Bercial.
QUÉ SE CULTIVABA
El término municipal de Bercial tiene una extensión de 1740 hectáreas.
De Avena se sembraban: 70 hect., de cebada: 159 hect., de centeno: 24 hect., trigo 512 hect., de lentejas: 0,50 hect., de garbanzos: 45 hect., de patata temprana: 0,20 hect., patata tardía: 2 hect., remolacha azucarera 30 Hect., almortas: 13 hect., algarrobas: 185 hect., guisantes: 0,5 hect., vezas: 10 hect., sandías 0,20 hect., melones 1 hect., barbecho: 550 hect., alfalfa: 2,50 hect., El resto del término lo completaban las eras empedradas con 2,56 hect., eras terreras: 3,86 hect., viñas: 15,87 hect., pradera: 54, 86 hect., montes y encinas: 0,22 hect., arboles de ribera: 0,54 hect., pinar albar 9,71 h, pinar negral: 58,43 hect., y de pastos: 4,59 hect.
LA PRODUCCIÓN
![]() |
En términos absolutos la producción era la siguiente: La producción de trigo por hect. era de 18 fanegas el caldeal y de 35 el tremesino: recolectándose en el termino 402. 088 Kg. de los que 90.000 Kg. se dedicaban al consumo, 46.308 a la siembre y 263.800 Kg. de cupo para la venta.
De cebada producía 40 fanegas por hect. y la producción en el término era de: 191.101 Kg. de los que 125.445 Kg. se destinaban al consumo (preferentemente animal), 9.260 Kg. a la siembre y 56.035 Kg. a la venta.
De avena 35 fanegas por hect. se recolectaban 22.268 Kg. El resto de la producción como se verá a continuación se completaba con las algarrobas, almortas y vezas para la alimentación de los animales de trabajo y con una producción importante de garbanzos para el consumo doméstico y toda la variedad menor de producción hortelana como patas, cebollas, guisantes, ajos etc...
ANIMALES QUE SE EXPLOTABAN EN EL TÉRMINO
El empleo de mulas y mulos era generalizado y en menor medida para los trabajos de mas fuerza se utilizaba las vacas y los bueyes. El censo de animales que se explotaban en el término de Bercial en el año 1947-48 era el siguiente: CABALLAR: caballos enteros 1, caballos castrados 6, yeguas 22, potros 2, potrancas 6. MULAR: Mulas 55, mulos 25, muletos 16, muletas 8. ASNAL: Burros castrados 4, burras 10, buches 1. VACUNO: Toros de trabajo 5. Vacas de trabajo 16, bueyes 17.
MAQUINARIA QUE SE EMPLEABA
Si bien alguna maquinaria y aperos supuso un avance importante, véase la introducción de la vertedera reversible en algunos pueblos en los años 20, la aventadora en la década de los 30 o la gavilladora en los 40. El resto de la maquinaria existente era la misma que se había empleado durante siglos en nuestra tierra, con alguna ligera modificación realizada en los últimos años. Hasta que apareció un tractor alquilado para cultivar las primeras tierras de remolacha en el año 1945; y de este año hasta 1951 en el que por primera vez entro en Bercial el primer tractor. Este tractor marca volvo de 25 Hp lo compró un agricultor de la localidad. Esta fue la primera revolución... sigue
|